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Suspenden condicionalmente el proceso por un año

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Mérida, Yucatán a 19 de febrero de 2021

Número de Carpeta Administrativa: 175/2020

En una audiencia realizada en el Centro de Justicia Oral de Mérida (CJOM), la Jueza de Control del Primer Distrito Judicial del Sistema Penal Acusatorio y Oral, Blanca Beatriz Bonilla González resolvió, sin que la víctima ni la Fiscalía se opusieran, acceder a la solicitud de suspender el proceso penal a una persona por medio de la vía alterna consistente en la suspensión condicional del mismo, que se encuentra prevista en el Código Nacional de Procedimientos Penales (CNPP).

La Jueza de Control verificó el cumplimiento de los requisitos legales para la suspensión, entre estos la propuesta de un plan de reparación del daño y la aplicación de determinadas condiciones para el imputado, además de que la Fiscalía Estatal verificó en los registros correspondientes que éste no se hubiera sometido a una suspensión condicional anterior.

Las condiciones que deberá cumplir el imputado por el plazo de un año son las siguientes: residir en un lugar determinado; no ingerir bebidas alcohólicas ni estupefacientes; someterse a la vigilancia del Centro Estatal de Medidas Cautelares y acudir a dicha institución cada mes para su firma; abstenerse de salir del estado y someterse al tratamiento psicológico para personas que ejercen violencia de género.

En cuanto al plan de la reparación del daño fue por la cantidad de $15,000.00 M.N. pactada por las partes y que fue entregado previo a la realización de la audiencia.

Los hechos materia de este caso y que fueron expuestos por la Fiscalía Estatal en audiencia anterior son los siguientes:

«Que el día 3 de noviembre, aproximadamente a las 13:00 horas, el hoy imputado llegó al domicilio de la hoy víctima y discutió con ella para después agredirla física y verbalmente.»

 

 

 

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